EMPLEADOS DE DIRECCION.
Autor: Luis Carlos Malavé Esáa.
Serie: Doctrina Laboral.
En ese sentido debe entenderse de manera clara que el
empleado de dirección participa en la toma de decisiones en la empresa, y que
no solo ejecuta actos para cumplir con las ordenes, objetivos y políticas que han
sido previamente aprobados por el patrono o por los ciertamente empleados de
dirección; en lo que respecta a los trabajadores o terceros debe estar claro igualmente
que sus actuaciones son producto de sus decisiones y apreciaciones, o en las cuales
participó, y no que actúa como mandatario o apoderado del patrono.
Como ejemplo de funciones que no determinan o califican a un
empleado de dirección, se pueden citar: la ejecución de decisiones de la junta
directiva, o informar a ésta de la situación financiera de la empresa; o el de
velar, controlar los activos de la empresa, el registro contable de las
transacciones de la compañía, la facturación de la empresa, el mantenimiento de
la imagen corporativa del equipo administrativo de la empresa, etc, siendo lo
fundamental lo ya anotado, es decir, que intervenga en la toma de decisiones de
la empresa para la cual trabaja, y sus actuaciones sean producto de tal función.
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